Resumen | |
[J] | Tutela de libertad sindical. Trabajadora afiliada a UGT. Impedimento para participar en un Congreso Provincial.Vulneración del derecho fundamental. Posible existencia de daño moral.(publicado en Actualidad Diaria 2434 el 27 de junio de 2013) |
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La cuestión que ha de resolverse en el presente recurso de casación para la unificación de doctrina consiste en determinar si, apreciada la existencia de una vulneración en el derecho de libertad sindical de la demandante, existen realmente unas bases mínimas, elementos suficientes ofrecidos en la demanda para que se puedan fijar adecuadamente los perjuicios morales invocados, que se cifran por aquélla en 40.000 euros.El 1 de octubre de 2.010 se presentó por la Sra. Valle demanda de tutela de los derechos de libertad sindical, solicitando en el suplico -entre otros pronunciamientos- que "Debido a la limitación al acceso a su ejercicio inherentes a la libertad sindical como es la limitación del acceso a los Congresos que se hacen referencia en el cuerpo del presente escrito, de la misma forma que se ha alejado de su actividad sindical de forma inadecuada se cuantifica en 40.000 euros de indemnización". Conoció de esa demanda el Juzgado de lo Social número 1 de los de Huelva, que en sentencia de 3 de diciembre de 2.010 desestimó en su integridad la reclamación. Recurrida en suplicación, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Sevilla, en la sentencia que ahora se recurre en casación para la unificación de doctrina, de fecha 22 de septiembre de 2.011 , manteniendo íntegramente los hechos probados de la sentencia de instancia, apreció sin embargo que existía la vulneración de los derechos fundamentales invocados y condenó a los demandados al abono de 12.000 euros por el concepto de daños morales. El Supremo estima el recurso y suprime la indemnización por daños morales. | |
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